Cláusulas abusivas en contratos: cómo identificarlas y reclamar

Muchos contratos de adhesión (hipotecas, seguros, telefonía, tarjetas) incluyen letra pequeña que, sin que el consumidor lo note, puede ser ilegal. En este artículo te explicamos qué es una cláusula abusiva, los ejemplos más habituales y los pasos para reclamar y recuperar tu dinero. Si la empresa no responde, puede interesarte también nuestro artículo sobre mediación vs. vía judicial.

¿Qué es una cláusula abusiva?

Según el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU, Real Decreto Legislativo 1/2007), una cláusula abusiva es toda estipulación no negociada individualmente que, en contra de las exigencias de la buena fe, causa un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes en perjuicio del consumidor.

Los tres requisitos para que una cláusula sea abusiva

  1. Falta de negociación individual: la empresa la impone en un contrato ya redactado, sin que el consumidor pueda influir en su contenido.
  2. Desequilibrio importante: crea una asimetría injustificada entre los derechos y obligaciones de empresa y consumidor.
  3. Contra la buena fe: la empresa se aprovecha de su posición dominante frente al consumidor.

Ejemplos habituales de cláusulas abusivas

Tipo de contratoCláusula abusiva habitual
HipotecasCláusula suelo, imposición del 100% de los gastos de formalización al cliente, IRPH sin transparencia
Préstamos y tarjetasIntereses de demora desproporcionados, comisiones no informadas con claridad
Contratos de consumo en generalVencimiento anticipado por impagos mínimos, redondeo de cuotas al alza, renuncia a derechos básicos del consumidor

Consecuencia legal: nulidad de pleno derecho

Si un tribunal declara abusiva una cláusula, esta se considera nula de pleno derecho: se tiene por no puesta, como si nunca hubiera existido, pero el resto del contrato sigue siendo válido. El consumidor puede recuperar las cantidades pagadas indebidamente por esa cláusula, con sus intereses, desde el momento de cada cobro.

Cómo reclamar paso a paso

  1. Reclamación a la empresa: presenta una reclamación por escrito (burofax o correo con acuse de recibo) explicando por qué consideras abusiva la cláusula.
  2. Hoja de reclamación / Consumo: si la empresa no responde o se niega, puedes acudir a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) o a Consumo de tu Comunidad Autónoma.
  3. Mediación o arbitraje de consumo: una vía más rápida y gratuita que la judicial, si la empresa está adherida al sistema arbitral de consumo.
  4. Vía judicial: si no hay acuerdo, puedes demandar ante los tribunales; para cuantías pequeñas, muchos casos no requieren abogado ni procurador.

Preguntas frecuentes

La reclamación ante Consumo (OMIC) y el sistema arbitral de consumo son gratuitos. La vía judicial puede tener costes de abogado y procurador, aunque en reclamaciones de cuantía reducida muchas veces no son obligatorios.

Sí. La acción para reclamar la nulidad de una cláusula abusiva y la devolución de lo pagado de más no caduca por haber terminado de pagar el contrato, aunque conviene no demorar la reclamación.

No toda cláusula desfavorable es abusiva: tiene que cumplir los tres requisitos (falta de negociación, desequilibrio importante y mala fe). Una condición dura pero negociada individualmente, por ejemplo, no sería abusiva.

Sí, la nulidad de la cláusula suele llevar aparejada la devolución de las cantidades cobradas indebidamente más los intereses legales desde cada cobro.

Existen bases de datos y registros de condiciones generales de la contratación, y también sentencias publicadas del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre cláusulas abusivas concretas (suelo, gastos, IRPH, etc.).

Aviso legal: Este artículo tiene fines informativos y no sustituye el asesoramiento de un profesional del derecho colegiado. Cada contrato y cada cláusula requieren un análisis individual; te recomendamos consultar con un abogado especializado en derecho del consumo antes de iniciar cualquier reclamación.

Fuentes: Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007), artículos sobre cláusulas abusivas y su régimen de nulidad.

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